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DECRETO 125/2020, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el cambio de la denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de Teruel por la de Colegio Oficial de Enfermería de Teruel.

Publicado el 07/01/2021 (Nº 3)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Por Orden 3 de febrero de 1999, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, se dispuso la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón y la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de los Estatutos del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de Teruel, modificados para su adaptación a la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.

En la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 20 de julio de 2020 se aprobó una nueva modificación de los citados estatutos en la que se incluye el cambio de su denominación, que pasará a designarse Colegio Oficial de Enfermería de Teruel.

El cambio de denominación está motivado por la conveniencia de suprimir en la denominación de este colegio la referencia a una titulación que ya no existe, al haber sido sustituido en los nuevos planes de estudio el término diplomado por el de graduado.

Mediante escrito de 19 de octubre de 2020, se ha solicitado al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales la iniciación de los trámites necesarios para la aprobación del cambio de denominación. Junto con la solicitud se aporta un certificado en el que se recoge el correspondiente acuerdo corporativo, justificando su propuesta en la supresión de la referencia a una titulación que ha sido sustituida por los nuevos planes de estudio.

La Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, establece en su artículo 10. 1 que "(La) denominación de los Colegios Profesionales deberá responder a la titulación oficial exigida para la incorporación a los mismos o a la de la profesión o actividad profesional ejercida, y no podrá ser coincidente o similar a la de otros Colegios preexistentes ni susceptible de inducir a error en cuanto a los profesionales integrados en ello.", añadiendo a continuación, en su párrafo segundo, que "(El) cambio de denominación de un Colegio Profesional deberá ser propuesto por el propio Colegio, de acuerdo con lo que dispongan sus estatutos, y requerirá la aprobación del Gobierno de Aragón mediante Decreto, previo informe del correspondiente Consejo de Colegios de Aragón, si estuviera constituido, y de los Colegios que pudieran resultar afectados por el nuevo nombre".

Los Estatutos vigentes del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería vigentes no contienen referencia alguna respecto al procedimiento de aprobación de las modificaciones estatutarias. Por otra parte, la denominación propuesta hace referencia a la profesión ejercida por los colegiados, no coincide con la de otros colegios preexistente ni es susceptible de inducir al error, con lo que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo anteriormente transcrito.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 23 de diciembre de 2020,

DISPONGO

Primero.- Aprobar el cambio de la denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de Teruel por la de Colegio Oficial de Enfermería de Teruel.

Segundo.- Las referencias contenidas en las disposiciones vigentes al Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de Teruel se entenderán hechas al Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de Teruel.

Tercero.- Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 23 de diciembre de 2020.

El Presidente del Gobierno

Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN